Son todos los derechos, impuestos, contribuciones, tasas y gravámenes de cualquier clase, los derechos antidumping o compensatorios y todo pago que se fije o se exija, directa o indirectamente, por la importación de mercancías al territorio aduanero nacional.
Tiene varias denominaciones, que dentro del ambiente del comercio internacional son utilizadas indistintamente, generalmente porque no se conoce bien su significado, o porque dependiendo del contexto de los temas que se traten el término empleado flexibiliza las conversaciones. Estas denominaciones son: Tarifa Aduanera, Impuesto Aduanero, Tributo aduanero, Derechos de Aduana, Arancel Aduanero o simplemente arancel.
A nivel mundial la inmensa mayoría de los países utilizan el Sistema Armonizado para la Designación y Codificación de Mercancías de la Organización Mundial de Aduanas para clasificar las mercancías y determinar los derechos aplicables a cada una de ellas.
En nuestro país la regulación de los derechos de Aduana tiene como máximo exponente a la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales). Es importante aclarar que junto a éstos, que en la práctica no aportan grandes ingresos al erario nacional, se aplican otros tributos, internos, que si son fuertes, como por ejemplo el IVA.