Si usted está interesado en invertir en el país,aquí van algunas recomendaciones.
Estas le ayudarán a que su negocio prospere y tenga una mayor rentabilidad cumpliendo con todos los requisitos que exige la ley.
1. Primeros pasos:
Registrar la inversión: Es importante que tenga en cuenta el procedimiento del registro según el tipo de inversión que va a realizar.
Recordemos que la legislación colombiana contempla dos tipos de inversión extranjera: directa y de portafolio.
La inversión extranjera en Colombia y colombiana en el exterior, las importaciones, las exportaciones, el endeudamiento externo, el otorgamiento de avales y garantías en moneda extranjera y las operaciones de derivados, son operaciones de obligatoria canalización a través del mercado cambiario colombiano.
Solamente la inversión extranjera en Colombia, debidamente registrada ante el Banco de la República, otorga al inversionista derechos cambiarios para repatriar y reinvertir el producto de su inversión.
Los residentes colombianos solamente pueden obtener endeudamiento externo por parte de entidades financieras del exterior debidamente reconocidas por el Banco de la República.
Las obligaciones derivadas de operaciones sujetas a registro no pueden ser compensadas entre sí ni con otro tipo de obligaciones.
Tipos de Sociedades: Tenga presente que de acuerdo con el tipo de sociedad los requisitos exigidos cambian para invertir en el país.
Constituir una Sucursal de Sociedad Extranjera: Entre los pasos para constituir una sociedad están los siguientes:
- Tenga los documentos requeridos como el certificado de existencia y representación legal de la sociedad inversionista y la resolución del órgano competente de la casa matriz autorizando la apertura de la sucursal en Colombia.
- Protocolizar en escritura pública
- Obtener las cartas de aceptación de los cargos de la sucursal
- Efectuar el Registro Único Tributario (RUT)
- Registrar los libros de la compañía en la Cámara de Comercio
- Abrir una cuenta bancaria en la entidad de su elección
- Registrar la inversión extranjera en el Banco de la República
2. Impuestos y deducciones
En Colombia los impuestos son de carácter nacional o regional. Esto significa que los impuestos de carácter nacional aplican para todas las personas naturales o jurídicas residentes en el país y los impuestos de carácter regional son determinados por cada región del país conforme a un tope máximo y mínimo establecido por Ley.
3. Contratación de trabajadores
La regulación laboral colombiana sigue todos los lineamientos establecidos por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Entre los puntos que debe tener en cuenta están:
Calificación de Contratos de Trabajo: Existen diferentes modalidades de contratos para vincular personal a una empresa: a término indefinido, a término definido y contratos con duración limitada.
Salario: El salario mínimo legal vigente para 2013 es de $589.500 y el auxilio de transporte es de $70.500.
Jornada Laboral: La jornada laboral ordinaria es de máximo ocho horas al día y hasta 48 horas semanales que pueden distribuirse de lunes a viernes o de lunes a sábado. La jornada diurna es de 6:00 a.m. a 10:00 p.m. y la nocturna es de 10:00 p.m. a las 6:00 a.m.
A quienes trabajen durante la jornada nocturna la empresa deberá pagar un 35% más de lo que se paga por hora en la jornada diurna. Por otro lado, las horas extra se deben pagar de la siguiente manera: por cada hora extra diurna se debe pagar 25% más de lo que se paga por hora en la jornada diurna; por cada hora extra nocturna se debe pagar 75% más de lo que se paga por hora en la jornada diurna.
Debe tenerse en cuenta que en cualquier caso las horas extra diarias no deben superar más de dos horas por cada día trabajado o 12 horas extra a la semana. Estas horas sólo aplican para los cargos que no sean de dirección, confianza o manejo de la empresa.
Otros pagos
Al momento de contratar a los trabajadores, la empresa debe tener en cuenta otros costos que se generan en virtud de la relación laboral: aportes al sistema de seguridad social (pensión, salud y riesgos profesionales); prestaciones sociales (auxilio de cesantías, intereses sobre las cesantías, prima de servicios, auxilio de transporte, calzado y vestido de labor y subsidio familiar) y aportes parafiscales (pagos al Instituto de Bienestar Familiar, Servicio Nacional de Aprendizaje y Caja de Compensación Familiar).
4. Visas
Existen varias categorías de visas. Sin embargo, es importante precisar que para efectos de visitas con fines turísticos de corto periodo, Colombia no exige Visa de visitante para las personas que provengan de 75 países.
No obstante lo anterior, si el propósito de su visita es establecerse como trabajador, desarrollar negocios permanentes o establecerse como inversionista en todo caso requiere visa para ingresar en el país entre las cuales hay diferentes categorías como: cortesía, visitante, residente, negocios y temporal.
5. Importación
Una importación consiste en el ingreso de mercancías al territorio aduanero nacional desde el resto del mundo o desde una zona franca. Las principales clases de importación en Colombia son: importación ordinaria e importaciones temporales. Siga todos los pasos que da el Gobierno para traer productos al país y así se evitara dolores de cabeza a futuro.